Procedimiento especial para microempresas

Tienes una empresa que funciona pero que arrastra deudas? puedes continuar con tu actividad empresarial.

Imagen de concurso de acreedores en Solvify

¿Qué es el procedimiento especial para microempresas?

Tienes una empresa que funciona pero que arrastra deudas? puedes continuar con tu actividad empresarial protegiéndote legalmente con el concurso voluntario de acreedores, nosotros llegaremos a un acuerdo con ellos.

¿Cuál es su objetivo?

El objetivo del concurso de acreedores es permitir que la empresa se reestructure y se recupere de su situación de insolvencia, mediante la negociación con sus acreedores y la búsqueda de soluciones para pagar sus deudas. Además, el concurso de acreedores puede proteger a la empresa de posibles demandas y embargos de sus acreedores.

Cómo empezar

  • Lo solicitará el empresario o particular de forma voluntaria , que sea deudor.
  • Lo solicitará de forma VOLUNTARIA, como un beneficio porque para sí mismo o su empresa, pero también es una obligación legal que la Ley Concursal prevé para aquellas empresas que se encuentren en una situación tal que no puedan atender el pago corriente de sus obligaciones económicas. El incumplimiento de esta obligación legal se puede traducir en la imposición de importantes sanciones para los administradores, tales como la inhabilitación para ejercer el cargo de administrador de esa o de cualquier otra empresa de dos a quince años, e incluso a ser condenados a indemnizar parte o la totalidad de la deuda de la empresa. Así, en caso de que realmente la empresa o particular se halle en situación legal de Concurso, ha de adelantarse su presentación a la de cualquier proveedor que pretenda iniciar el Concurso necesario.

Requisitos

Tenemos que determinar la situación de insolvencia. No siempre es fácil determinar si se está en esa situación de insolvencia, por lo que la Ley establece supuestos que constituyen presunciones de dicha situación, entre ellos:

  • El sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor.
  • La existencia de embargos por ejecuciones pendientes.
  • El incumplimiento generalizado de obligaciones de algunas de las clases siguientes: las de pago de obligaciones tributarias o cuotas de la Seguridad Social durante tres meses anteriores a la solicitud de Concurso; ídem respecto de las cuotas de la Seguridad Social; impago de salarios o indemnizaciones de las últimas tres mensualidades.

No menos importante es recordar que el Concurso de Acreedores no tiene por qué conducir a una liquidación de la empresa, sino que debería conseguir su fin último que no es otro que reorganizar y dar viabilidad al negocio, por lo que es interesante y ventajoso para el deudor solicitar el Concurso de forma voluntaria, dándole así la última oportunidad de salvar el negocio.

En cuanto al aspecto práctico de la administración diaria de la empresa, en el Concurso voluntario el deudor no pierde sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio,aun cuando el juez del Concurso sí puede limitarlas en distintos grados, ya que se produce la intervención de los administradores concursales.

Ese administrador o administradores concursales son los encargados de negociar la deuda con los acreedores, con el claro objetivo de alcanzar acuerdos para poder pagar en el mejor plazo posible y con reducciones de la cantidad adeudada, lo que se ha denominado tradicionalmente una “quita y espera”. En caso de que se consiga ese acuerdo, se firma entonces un convenio para el pago de la deuda a lo largo de los plazos pactados y el concursado puede mantener su actividad mercantil con normalidad, siempre y cuando atienda los pagos conforme al convenio acordado.

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