Tienes una empresa que funciona pero que arrastra deudas? puedes continuar con tu actividad empresarial.
Tienes una empresa que funciona pero que arrastra deudas? puedes continuar con tu actividad empresarial protegiéndote legalmente con el concurso voluntario de acreedores, nosotros llegaremos a un acuerdo con ellos.
El objetivo del concurso de acreedores es permitir que la empresa se reestructure y se recupere de su situación de insolvencia, mediante la negociación con sus acreedores y la búsqueda de soluciones para pagar sus deudas. Además, el concurso de acreedores puede proteger a la empresa de posibles demandas y embargos de sus acreedores.
Tenemos que determinar la situación de insolvencia. No siempre es fácil determinar si se está en esa situación de insolvencia, por lo que la Ley establece supuestos que constituyen presunciones de dicha situación, entre ellos:
No menos importante es recordar que el Concurso de Acreedores no tiene por qué conducir a una liquidación de la empresa, sino que debería conseguir su fin último que no es otro que reorganizar y dar viabilidad al negocio, por lo que es interesante y ventajoso para el deudor solicitar el Concurso de forma voluntaria, dándole así la última oportunidad de salvar el negocio.
En cuanto al aspecto práctico de la administración diaria de la empresa, en el Concurso voluntario el deudor no pierde sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio,aun cuando el juez del Concurso sí puede limitarlas en distintos grados, ya que se produce la intervención de los administradores concursales.
Ese administrador o administradores concursales son los encargados de negociar la deuda con los acreedores, con el claro objetivo de alcanzar acuerdos para poder pagar en el mejor plazo posible y con reducciones de la cantidad adeudada, lo que se ha denominado tradicionalmente una “quita y espera”. En caso de que se consiga ese acuerdo, se firma entonces un convenio para el pago de la deuda a lo largo de los plazos pactados y el concursado puede mantener su actividad mercantil con normalidad, siempre y cuando atienda los pagos conforme al convenio acordado.